| FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO |
El Patronato reunido en sesión acordó crear la plaza de Director del
Centro, que será cubierta por el profesor de la Escuela de Música que sea
elegido por el conjunto del profesorado y con el acuerdo favorable de la Junta
del Patronato, tendrá la aportación que anualmente se considere oportuna y
que deberá regirse por el siguiente condicionado/deberes:
- Cumplir y hacer cumplir las normas de este Plan Pedagógico.
- Dirigir y coordinar las actividades del Centro, sin perjuicio de las
competencias del Patronato de Música.
- Convocar y presidir las reuniones del Claustro de Profesores.
- Ejecutar los acuerdos del Patronato de música en el ámbito de su
competencia.
- Proponer al Patronato de música todo tipo de iniciativas encaminadas
al mejor funcionamiento del Centro.
- Suministrar la información que le sea requerida por el Patronato de Música.
- Promover el contacto con otras Escuelas de Música, para el intercambio
de experiencias y actividades.
- Realizar al finalizar cada curso un Memoria donde vaya incluida las
calificaciones obtenidas en el año académico.
- Custodiar y disponer la utilización del material didáctico.
- Confeccionar y presentar ante el Patronato, para su aprobación, los
horarios académicos y velar por su cumplimiento.
- Recibir información, por parte de los profesores, de la asistencia,
comportamiento y aprovechamiento de los alumnos.
- Programar las actividades del Centro.
- Confeccionar los tribunales y calendario para las pruebas de aptitud, selección de alumnos en la enseñanza especial, etc...