FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO

 

                        El Patronato reunido en sesión acordó crear la plaza de Director del Centro, que será cubierta por el pro­fesor de la Escuela de Música que sea elegido por el con­junto del profesorado y con el acuerdo favorable de la Junta del Patronato, tendrá la aportación que anualmente se con­sidere oportuna y que deberá regirse por el siguiente con­dicionado/deberes: 

               - Cumplir y hacer cumplir las normas de este Plan Pedagógico.

               - Dirigir y coordinar las actividades del Centro, sin perjuicio de las competencias del Patronato de Música.

               - Convocar y presidir las reuniones del Claustro de Profesores.

               - Ejecutar los acuerdos del Patronato de música en el ámbito de su competencia.

               - Proponer al Patronato de música todo tipo de iniciativas encaminadas al mejor funcionamiento del Centro.

               - Suministrar la información que le sea requerida por el Patronato de Música.

               - Promover el contacto con otras Escuelas de Música, para el intercambio de experiencias y actividades.

               - Realizar al finalizar cada curso un Memoria donde vaya incluida las calificaciones obtenidas en el año académico.

               - Custodiar y disponer la utilización del material didáctico.

               - Confeccionar y presentar ante el Patronato, para su aprobación, los horarios académicos y velar por su cumplimiento.

               - Recibir información, por parte de los profesores, de la asistencia, comportamiento y aprovechamiento de los alumnos.

               - Programar las actividades del Centro.

               - Confeccionar los tribunales y calendario para las pruebas de aptitud, selección de alumnos en la enseñanza especial, etc...